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Mediante la Ley 2208 de mayo 17 de 2022 se establecen los incentivos económicos para fortalecer el acceso y las oportunidades en empleo y formación para la población pos-penada. La ahora conocida «Ley de segundas oportunidades».

El Congreso, con miras a crear mayores oportunidades de acceso al mercado laboral de la población pospenada, o aquellas personas que se encuentren cumpliendo pena con permiso de trabajo, libertad condicional o suspensión de pena, mediante la creación de beneficios tributarios o económicos. De la Ley se destaca:

  1. Crea el sello “Segunda Oportunidad”. Este permite identificar a las empresas que incorporen dentro de su planta laboral, a por lo menos, un trabajador de esta población.
  2. Dispone la progresividad en el pago de parafiscales. Esto es cuando las nuevas contrataciones representen el 1%, el 5%, el 10% o el 15% de la nómina de la empresa (mínimo 100 empleados). Este beneficio se incrementa en caso de que la nueva contratación sea de mujeres o transgénero.
  3. En un término no mayor a seis (6) meses, contados a partir de la promulgación de la presente Ley, el Ministerio de Salud y Protección Social, en conjunto con el Ministerio de Trabajo y la UGPP, reglamentarán lo relacionado con este aspecto. En caso de reincidencia en la comisión de un delito, la persona no podrá volver a acceder a los beneficios.