Gestión de residuos peligrosos en Colombia: lo que cambia con el Decreto 766 de 2026
La gestión de residuos peligrosos en Colombia tiene nueva regulación de fondo. El 15 de julio de 2026, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible expidió el Decreto 766 de 2026. Esta norma modifica y adiciona de forma estructural el Decreto 1076 de 2015, actualizando las obligaciones de los generadores, transportadores y gestores de RESPEL. Por tanto, toda empresa que genere residuos peligrosos debe revisar sus procesos de inmediato.
El decreto no solo ajusta requisitos técnicos. Además, incorpora conceptos de economía circular y simbiosis industrial que abren nuevas posibilidades para el manejo de RESPEL.
¿Qué establece el Decreto 766 de 2026?
La norma reorganiza y actualiza varias secciones del DUR 1076 de 2015. A continuación, los cambios más relevantes para las empresas:
Nuevas definiciones y clasificación de RESPEL
El decreto actualiza las definiciones clave y la clasificación nacional de residuos peligrosos. Igualmente, se modifican los métodos de muestreo y ensayo para determinar la peligrosidad de un residuo. Por tanto, algunas empresas pueden encontrar que residuos que antes clasificaban de una forma ahora tienen una categoría diferente.
Obligaciones actualizadas del generador
Este es el cambio más directo para las empresas. El artículo 2.2.6.1.3.1 queda modificado con nuevas obligaciones concretas para quien genera residuos peligrosos. Asimismo, se adiciona el artículo 2.2.6.1.3.1.1, que regula específicamente el almacenamiento de RESPEL en el establecimiento del generador. Por tanto, las condiciones físicas, técnicas y documentales del sitio de almacenamiento deben revisarse frente a los nuevos criterios.
Economía circular y simbiosis industrial
Este es el aporte más innovador del decreto. La nueva Subsección 2 introduce el concepto de reconocimiento de un residuo peligroso como subproducto para la simbiosis industrial. Esto significa que, bajo ciertas condiciones, un RESPEL puede dejar de serlo si se incorpora como insumo en otro proceso productivo. Por tanto, las empresas con residuos valorizables tienen una nueva herramienta legal para reducir sus obligaciones de gestión.
Responsabilidad Extendida del Productor (REP)
Los fabricantes y productores tienen una Subsección dedicada específicamente a su responsabilidad en la gestión de RESPEL. Igualmente, se regulan los sistemas de recolección y gestión de residuos peligrosos en este marco.
Nuevas disposiciones para residuos específicos
La norma agrega secciones específicas para aceites lubricantes usados, bolsas plásticas con función de plaguicida y residuos con contaminantes orgánicos persistentes (COP). Asimismo, se actualizan las prohibiciones y las listas nacionales de RESPEL.
Obligaciones del transportador
El artículo 2.2.6.1.3.6 también queda modificado, actualizando lo que debe cumplir quien transporta residuos peligrosos. Por tanto, los contratos con gestores y transportadores de RESPEL deben revisarse a la luz de los nuevos requisitos.
¿Qué empresas deben revisar sus procesos?
Aplica a toda empresa que genere, almacene, transporte o gestione residuos peligrosos en Colombia. Igualmente, los fabricantes y productores de bienes que generan RESPEL en sus procesos tienen obligaciones específicas bajo el marco REP. En la práctica, esto incluye industria química, manufactura, hospitales, laboratorios, talleres de mecánica, empresas de servicios de salud y muchos otros sectores.
Recomendaciones para su empresa
- Revise la nueva clasificación de RESPEL y verifique si alguno de sus residuos cambia de categoría.
- Evalúe las condiciones actuales de su sitio de almacenamiento frente al nuevo artículo 2.2.6.1.3.1.1.
- Explore si alguno de sus RESPEL puede calificar como subproducto bajo el esquema de simbiosis industrial.
- Actualice los contratos con sus gestores y transportadores de residuos peligrosos.
- Verifique su registro de generadores de RESPEL frente a los nuevos criterios del decreto.
En ARION – ISYDE acompañamos a las empresas en la actualización de sus sistemas de gestión ambiental frente a la nueva regulación de RESPEL. Si tiene dudas sobre cómo aplica el Decreto 766 de 2026 a sus procesos, contáctenos.
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