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Acoso y violencia laboral en Colombia: lo que exige el Decreto 1040 de 2026

El acoso y violencia laboral en Colombia tienen nueva regulación integral. El 5 de agosto de 2026, el Ministerio del Trabajo expidió el Decreto 1040 de 2026. Esta norma adiciona el Capítulo 8 al Decreto 1072 de 2015 y establece obligaciones concretas para todos los empleadores en materia de prevención, atención y sanción del acoso, la violencia basada en género y la discriminación. Por tanto, ninguna empresa queda por fuera de su alcance.

El decreto no solo actualiza conceptos — además exige documentos, procesos y mecanismos específicos que deben implementarse en el SG-SST.

¿Qué establece el Decreto 1040 de 2026?

La norma organiza las obligaciones en tres secciones. A continuación, los puntos más relevantes para las áreas de talento humano, jurídica y SST:

Sección 1 — Enfoques, definiciones y ámbito de aplicación

El decreto establece nuevas definiciones de acoso, violencia basada en género y discriminación en el entorno laboral. Igualmente, define quiénes son sujetos de protección — no solo los trabajadores directos, sino también contratistas y aprendices. Por tanto, las empresas deben revisar si sus políticas actuales cubren a toda esta población.

Un punto crítico: la norma reconoce el derecho de no confrontación y no conciliación de las víctimas. También regula los límites en el ejercicio del poder subordinante del empleador. Asimismo, introduce el concepto de relaciones de poder como eje del análisis de los casos.

Sección 2 — Medidas de prevención y protección

Este es el núcleo de las obligaciones para los empleadores. La norma exige implementar y socializar dos documentos nuevos:

Una política para la prevención del acoso, la violencia basada en género y la discriminación. Además, un protocolocon la ruta concreta de denuncia, prevención, atención e investigación de casos. Por tanto, las empresas que ya tienen políticas de acoso laboral deben actualizarlas para incluir violencia basada en género y discriminación.

Otras obligaciones concretas: actualizar los reglamentos y contratos de trabajo, implementar medidas de atención integral, garantizar acceso a mecanismos de protección, proteger a las personas frente a medidas retaliatorias y adoptar medidas culturales para prevenir la revictimización.

Sección 3 — Investigaciones y sanciones

La norma establece deberes específicos para quien investiga — sea el inspector de trabajo o el empleador. Igualmente, introduce enfoques diferenciados según el tipo de discriminación. Por consiguiente, los procesos disciplinarios internos deben revisarse para cumplir los nuevos estándares.

Hay dos aspectos que merecen atención especial. Primero, la presunción de discriminación opera en ciertos casos sin necesidad de prueba directa. Segundo, existen garantías especiales para víctimas de acoso o violencia sexual en el trabajo, incluyendo protección a su intimidad y dignidad durante el proceso.

¿Qué empresas deben cumplir esta norma?

Aplica a todos los empleadores del sector privado, independientemente de su tamaño o sector. Igualmente, cubre a las entidades contratantes respecto de sus contratistas. En la práctica, toda organización con trabajadores o contratistas en Colombia debe revisar y actualizar sus documentos de SST.

Recomendaciones para su empresa
  • Elabore o actualice la política de prevención de acoso, violencia basada en género y discriminación.
  • Diseñe el protocolo con la ruta completa de denuncia, atención e investigación de casos.
  • Actualice el reglamento interno de trabajo y los contratos para incorporar las nuevas disposiciones.
  • Verifique que los sujetos de protección incluyan contratistas y aprendices, no solo trabajadores directos.
  • Capacite a los líderes y al Comité de Convivencia Laboral en los nuevos enfoques del decreto.

En ARION – ISYDE acompañamos a las empresas en la actualización de sus sistemas de gestión SST frente a esta nueva regulación. Si necesita ayuda para estructurar su política y protocolo, contáctenos.

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