Seleccionar página

A partir del primero (1) de julio del presente año, dejó de regir la emergencia sanitaria declarada por el Gobierno Nacional, al comienzo de la pandemia generada por el Covid-19. Y estos algunos de los temas que cambian:

CESANTÍAS

Entre los temas que cambian como primera medida, está el del pago anticipado de cesantías a los trabajadores, el Gobierno en vigencia de la emergencia sanitaria creó una regla que consistía en que, si los ingresos del trabajador se veían disminuidos por consecuencia de la pandemia, el trabajador con una certificación del empleador podía ir a la entidad donde tuviera consignadas sus cesantías y con esa constancia le podían girar con cargo a sus cesantías un dinero, para que compensara los menores ingresos que había dejado de recibir. Esto desaparece, y volvemos a la norma general, es decir, la entrega de cesantías solo para educación o vivienda, en vigencia del contrato de trabajo; ya cuando el contrato de trabajo termina el trabajador tiene derecho al retiro total de sus cesantías.

VACACIONES

El segundo cambio, tiene que ver con las vacaciones, en virtud de la emergencia sanitaria, y con el fin de flexibilizar todas estas reglas y disminuir el riesgo de la pérdida del empleo, se expidió en su momento una norma que le permitía al empleador avisar al trabajador con un día de antelación que saldría a disfrutar de sus vacaciones, esa norma excepcional dejó de estar vigente a partir del primero de julio, fecha en la cual volvemos a la norma general, según la cual el empleador debe avisar con quince días de anticipación al trabajador la fecha en que comenzará a disfrutar de sus vacaciones.

DISTRIBUCIÓN DE COTIZACIONES

El tercer tema que cambia al desaparecer la emergencia sanitaria, tiene que ver con la distribución de la cotización que hacen las ARL del dinero que reciben de los empleadores, por cuenta de la cotización al tema de riesgos laborales. Durante la vigencia de la pandemia, se establecieron unos rubros específicos que debían destinarse a actividades de prevención del Covid-19, al desaparecer la emergencia, ese rubro específico dejó de estar vigente y volvemos a la norma general de distribución de cotizaciones a cargo del Sistema General de Riesgos Laborales administrado por las ARL.

TRABAJO EN CASA

Un cuarto tema a evaluar es el de trabajo en casa. Sin embargo este tema lo trabajaremos a mayor profundidad en una próxima entrada.